Claves
- De este modo, la normativa definitiva recoge las observaciones y propuestas surgidas durante el proceso de diálogo con el mercado.
- Silva, destacó: “Hemos dado un paso muy importante y hoy presentamos la regulación definitiva de los PIC FAL.
- Estamos convencidos de que el FAL es una herramienta clave para profundizar y hacer crecer nuestro mercado de capitales.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General N° 1167, que reglamenta los Productos de Inversión Colectiva para los Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL), en el marco de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y del Decreto N° 408/2026, completando así el esquema regulatorio requerido para la administración de estos fondos a través del mercado de capitales argentino.
“Esta normativa representa un hito institucional al articular, por primera vez, las necesidades de cobertura del sistema laboral con la infraestructura, la transparencia y los mecanismos de supervisión del mercado”, destacaron desde la CNV.
Finalizada la consulta pública y luego de analizar los aportes recibidos de los distintos actores del mercado de capitales, se incorporaron ajustes a la regulación, particularmente, en las condiciones operativas, las reglas aplicables a las Entidades Habilitadas y los mecanismos de asignación. De este modo, la normativa definitiva recoge las observaciones y propuestas surgidas durante el proceso de diálogo con el mercado. El presidente de la CNV, Roberto E.
Silva, destacó: “Hemos dado un paso muy importante y hoy presentamos la regulación definitiva de los PIC FAL. Estamos convencidos de que el FAL es una herramienta clave para profundizar y hacer crecer nuestro mercado de capitales. Por eso, desde la CNV decidimos escuchar a quienes participan del mercado, abrir el diálogo y trabajar sobre sus propuestas.
En ese marco, impulsamos una consulta pública y mantuvimos seis reuniones con distintos actores del sector, incorporando sus aportes para construir una regulación sólida, clara y eficiente”, y agregó que “este es el resultado de ese trabajo y nos complace anunciar hoy una norma que brinda previsibilidad, promueve la competencia y genera nuevas oportunidades para el desarrollo del mercado de capitales”.
La reglamentación establece dos alternativas de vehículos, los cuales podrán estructurarse mediante Fondos Comunes de Inversión de Asistencia Laboral (FCIA FAL) y Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral (FF FAL), bajo modalidades de empleador único o multiempresa. Asimismo, se establece previsiones respecto al uso del ID FAL como código de vinculación entre el empleador y su vehículo. Para quienes no ejerzan la opción de elección, la norma regula un mecanismo transparente de asignación de oficio.
En cuanto a la administración de los recursos se disponen precisiones adicionales para la inversión de los recursos de los PIC FAL en el marco de lo establecido por la Resolución del Ministerio de Economía Nº 1276/2026. La normativa también incorpora mecanismos de portabilidad que permiten a las empresas migrar entre distintos vehículos y Entidades Habilitadas, favoreciendo la competencia y ampliando las alternativas disponibles para los empleadores.
A su vez, se establece un tope global del 1% anual sobre el patrimonio del PIC FAL para los honorarios y gastos ordinarios de administración, con el objetivo de promover una gestión eficiente de los recursos. En materia de transparencia, los vehículos deberán publicar mensualmente una Ficha FAL que contenga información sobre el desempeño histórico y la composición de sus carteras, facilitando así el acceso a la información y la comparabilidad entre los distintos instrumentos.
Finalmente, los PIC FAL quedan incorporados al Régimen de Oferta Pública con autorización automática, en línea con el objetivo de establecer un marco ágil y transparente para el desarrollo de estos vehículos dentro del mercado de capitales. Con esta Resolución General, la CNV sanciona el marco regulatorio de los PIC FAL y pone a disposición del sistema de asistencia laboral una herramienta que combina administración profesional, diversificación, separación patrimonial, transparencia, competencia y supervisión.
La reglamentación permite así consolidar un nuevo ámbito de articulación entre el mercado de capitales y la asistencia laboral, incorporando una estructura moderna y específica para la administración de estos recursos y generando nuevas alternativas para los empleadores dentro de un marco regulatorio claro y previsible. Más informaciónRG N°1167



